José David Estrada
Reforma
Cd. de México, México (18 diciembre 2014).- La queja que presentó el PRD en contra del Partido Verde ante el INE desde septiembre será atendida.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la razón al PRD en su queja contra el Instituto Nacional Electoral (INE), al que acusa de retrasar durante más de 48 días la celebración de una audiencia que debió citar en 48 horas.
«No se advierte que a la fecha, la autoridad responsable haya emplazado a las partes para la celebración de la audiencia de pruebas y de alegatos, no obstante que haya transcurrido en exceso el plazo de 48 horas posteriores a la admisión de la denuncia», sostiene el proyecto del Magistrado Manuel González Oropeza.
«Se propone ordenar a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral para que, de inmediato y sin mayor trámite, proceda emplazar a los denunciantes y denunciados, a efecto de que comparezcan a la audiencia de pruebas alegatos», indica el proyecto.
El PRD presentó desde septiembre pasado una queja en contra de la campaña del Partido Verde y sus legisladores denominada «Verde sí cumple», la cual se ha transmitido de forma casi ininterrumpida desde mediados de septiembre.
El partido del sol azteca presentó un Procedimiento Especial Sancionador para que las autoridades detengan lo que consideran una millonaria campaña anticipada que le ha redituado en un mayor apoyo en las encuestas al PVEM.
«Esta conducta no sólo cuenta con la tolerancia del INE sino también con la complicidad de Televisa y de Televisión Azteca, las cuales tendrán que aclarar las tarifas aplicadas a muchos miles de promocionales que ocupan un lugar prominente en la comercialización de ambas cadenas de televisión», afirmó la semana pasada el representante del PRD, Pablo Gómez.
Las nuevas reglas electorales establecen que el llamado PES debe ser resuelto por la nueva Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral federal, pero establece que el INE deberá entregarle el expediente concluido.
La Ley señala que el INE tiene 48 horas para celebrar la audiencia entre las partes después de haber admitido la queja y una vez celebrada la audiencia tiene 5 días para remitir el expediente a la Sala Regional Especializada.