En 20 días, y en pleno apogeo del «mundial», «diputados» pretenden avalar leyes secundarias energéticas

Jesusa Cervantes
Proceso

MÉXICO, D.F. (apro).- En 20 días, la «Cámara de Diputados» pretende dictaminar las leyes secundarias en materia energética, mediante las cuales se avalarán los tres tipos de contrato para la exploración y explotación de los hidrocarburos en México

De acuerdo con la Junta de Coordinación Política, las tres comisiones encargadas de dictaminar las dos nuevas leyes -modificaciones a cuatro enviadas el 30 de abril por el Ejecutivo Federal-, sesionarán del 29 de mayo al 21 de junio. Las reuniones serán 29 de mayo y 3, 5, 10, 12, 17 y 19 de junio.

A las comisiones unidas de Hacienda y Energía corresponderá discutir la nueva Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y Desarrollo, así como los cambios a la Ley Federal de Derechos y a la Ley de Coordinación Fiscal.

A las comisiones unidas de Presupuesto y Hacienda les tocarán los cambios de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley General de Deuda Pública.

La Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos define los tres tipos de contratos que se podrán firmar con la iniciativa privada para que realice exploración y explotación de los hidrocarburos, los cuales incluyen petróleo, petroquímicos y condensados.

El primer tipo de contrato es la Licencia que, en términos jurídicos, es distinta a la concesión prohibida en la Constitución. Sin embargo, en términos económicos es igual, esto significa que el 100% de la renta petrolera, después de pagar regalías e impuestos al gobierno federal, se quedará en manos de la transnacional que firme el acuerdo.

Los otros dos tipos de contrato son los llamados de Producción Compartida y de Utilidad Compartida. La diferencia entre ambos estriba en que en el primero, la renta petrolera con la que se quedará el empresario es en producto, o sea, petróleo crudo o condensado. En el segundo, significa que la empresa se quedará con la venta del hidrocarburo.

En ambos contratos, por lo menos 40% del valor de la renta petrolera la pagará el gobierno, ya que una empresa puede deducir hasta 40% de sus costos ante el poder gubernamental.

En los tres tipos de acuerdo, las empresas que firmen deberán pagar su respectivo impuesto sobre la renta.

Por lo que se refiere a la Ley del Fondo, en ésta se reglamenta qué se hará, cómo se distribuirá y quién manejará el ingreso que obtenga el gobierno federal por cada uno de los tres contratos arriba mencionados.

En ambas leyes, el «secretario» de Hacienda y Crédito Público, es quien tendrá un mayor peso; en la primera será político y en la segunda, de decisión y control.

Cada una de las siete reuniones de comisiones unidas en el Congreso de la Unión serán públicas, transmitidas por el Canal del Congreso y sus versiones estenográficas deberán estar a disposición de cualquier persona que pretenda consultarlas.

Una vez que se avalen en comisiones unidas, se discutirán en el pleno de la Cámara de Diputados en un periodo extraordinario convocado para ello y que, por los tiempos fijados para comisiones, será la última semana de junio. De ahí tendrán que ser remitidas al Senado de la República mientras éste envíe al Congreso el resto de las leyes secundarias en materia energética, entre las cuales está una nueva norma para la Comisión Federal de electricidad; otra para operar Petróleos Mexicanos; una más será la llamada Ley de Geotermia y una más de Medio Ambiente, entre otros.

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