Exonera “tribunal” a hija de Eruviel por reparto de 167 MDP en tarjetas a cambio de credenciales de elector

¿Listos para el fraude? La misma historia de siempre. ¿Qué tienen en la cabeza los mexicanos que no aprenden y no reaccionan?

Por Veneranda Mendoza
(Proceso)

TOLUCA, Edomex. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) rechazó la configuración de uso indebido de recursos públicos y coacción del voto por parte de Isis Ávila, presidenta honoraria del DIFEM; de la directora general del organismo y del titular de la Secretaría de Desarrollo Social estatal con la entrega de tarjetas “La Efectiva” en los meses previos a las campañas por la gubernatura.

Al resolver el procedimiento especial sancionador PES/44/2017 promovido por Morena, los magistrados consideraron que los medios de prueba fueron insuficientes para acreditar los hechos denunciados.

Tampoco, aseguraron, se acredita que los programas sociales materia de la queja se otorgaran dentro de la temporalidad prohibida por la norma (periodo de campañas).

Por tanto, determinaron que Isis Ávila, presidenta honoraria del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidad (DIFEM); que la secretaria general del organismo, Carolina Alanís, y el secretario de Desarrollo Social, Arturo Osornio Sánchez, no incurrieron en uso indebido de recursos públicos ni en coacción del voto en favor del PRI en el actual proceso electoral por la entrega de apoyos sociales a través de la tarjeta “La Efectiva”.

La Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México reconoce la entrega de 55 mil 939 tarjetas bancarias “La Efectiva” entre septiembre de 2016 y marzo de 2017, como parte de dos programas: Mujeres que Logran en Grande y Mexiquenses que Logran en Grande.

La mayoría, con un monto promedio de 3 mil pesos por unidad, lo que se traduce en la erogación de alrededor de 167 millones de pesos.

En su garantía de audiencia la dependencia, sin embargo, rechazó que para el otorgamiento de los monederos electrónicos se hubiera requerido a los beneficiarios la copia de la credencial de elector, pues el documento no forma parte de los requisitos establecidos en las reglas de operación, si bien es necesario exhibir, a la hora de recoger la tarjeta, una identificación oficial vigente para constatar identidad.

El pleno del TEEM además exoneró al abanderado priista Alfredo del Mazo Maza de presuntos actos anticipados de campaña por conceder diversas entrevistas, y por la difusión de un video en Youtube en la etapa previa a las campañas electorales, como acusaron Morena y el PRD respectivamente.

También declararon inexistentes los actos anticipados de campaña atribuidos a la panista Josefina Vázquez Mota por la difusión de su spot “Microbús Edomex” y por la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, como señaló el PRI.

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