«Jueces» federales niegan amparos ciudadanos y rechazan suspender Hoy No Cirucla

Víctor Fuentes
Reforma

Cd. de México (15 julio 2014).- Jueces federales rechazaron suspender provisionalmente la nueva versión del programa Hoy No Circula, que extendió a los sábados las limitaciones para transitar.

Sólo entre el 9 y 11 de julio, los 16 jueces de Distrito en Materia Administrativa recibieron al menos 125 amparos de ciudadanos que buscan evitar la aplicación del programa, según registros oficiales del Consejo de la Judicatura Federal.

En muchos casos, los jueces pidieron a los quejosos aclarar sus demandas, pues algunos impugnan todo el programa y no especifican los puntos que les inconforman.

En los casos en que se admitieron las demandas, los jueces fueron unánimes al negar la suspensión provisional solicitada por lo inconformes, que buscan quedar exentos de la aplicación mientras se tramitan los juicios de amparo.

«De concederse la medida cautelar solicitada se contravendrían disposiciones de orden público, pues se daría mayor peso al interés particular sobre el general, lo que en la especie no es factible.

«Dado que se atentaría contra los criterios ambientales para la protección a la atmósfera, así como las políticas y programas de las autoridades encaminadas a garantizar la calidad del aire», afirmó Paula García Villegas, juez primera de Distrito, al negar una de las suspensiones.

Sin embargo, las negativas de suspensión no implican que los amparos serán negados, pues el objetivo de los juicios es aclarar si el programa viola derechos humanos previstos en la Constitución, como la no discriminación, libertades de trabajo, tránsito y comercio, debida fundamentación y motivación de los actos de autoridad.

Incluso se alegan violaciones al artículo 117 de la Carga Magna, que dice que los estados no pueden prohibir ni gravar la entrada de mercancías a sus territorios.

De hecho, hay un tema en el que los inconformes tienen probabilidades de éxito: las reglas que se aplican en automático por antigüedad del vehículo.

En el único precedente del Poder Judicial sobre el tema, el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, declaró en septiembre de 2012 que es inconstitucional discriminar a vehículos por el año de su modelo, pues las restricciones a la circulación se deben basar exclusivamente en las emisiones que generan.

En el nuevo programa, solo los vehículos modelo 2006 o posteriores, o los taxis modelo 2010 o posteriores pueden obtener el «holograma 0», que permite circular todos los días, mientras que los «hologramas uno y dos» obligan a no circular un día entre semana y algunos o todos los sábados del mes.

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