Más de 14 mil personas presentan amparo contra «ley» antimarchas en el DF que viola la libertad de expresión

Redacción / Sinembargo

Ciudad de México, 28 de agosto (SinEmbargo).– Más de 14 mil personas presentaron un amparo contra la Ley de Movilidad del Distrito Federal por violar derechos fundamentales de la ciudadanía.

Mediante una acción coordinada por el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social, se busca combatir la inconstitucionalidad de la ley contra la protesta a través de firmas de colectivos de estudiantes, sindicatos, académicos, artistas, periodistas, activistas de organizaciones de sociedad civil y personas defensoras de derechos humanos.

Los amparos interpuestos por el Frente se suman a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La semana pasada, la CNDH presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una demanda de acción de inconstitucionalidad contra el Artículo 212 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, por considerarlo incompatible con el texto constitucional y los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano.

Sin embargo, acusa el Frente, la Comisión fue omisa frente a las leyes similares en Quintana Roo, Chiapas y Puebla que atentan contra los mismos derechos de manifestación y libertad de expresión.

El informe declara que la suma de firmantes es un reflejo de la preocupación de distintos actores que defienden los derechos humanos y que ven en esta legislación un menoscabo al ejercicio amplio de sus derechos y libertades, y un riesgo para la participación democrática de las voces.

Ante ello, señala, el Poder Judicial debe revisar y resolver los amparos y las acciones de inconstitucionalidad, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos amenazados por esta legislación.

El Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social está conformado por la organización internacional Artículo 19; Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria OP; Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez; Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD); Colectivo de Abogadas y Abogados Solidarios (CAUSA); Fundar Centro de Análisis e Investigación (FUNDAR); Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD); Propuesta Cívica, Servicios y Asesoría para la Paz (SERAPAZ) y la Red de Organismos Civiles “Todos los Derechos para Todas y Todos”.

El pasado 30 de abril, previo al puente vacacional, la Asamblea Legislativa de la capital del país (ALDF) aprobó la llamada Ley de Movilidad del Distrito Federal, la cual establece más y mejores alternativas de movilidad, pero también restringe, a juicio de organizaciones civiles, de “forma ilegítima” los derechos a la libertad de expresión y reunión.

Las autoridades locales han destacado los beneficios que la ley traerá en materia de transporte, pero han omitido el tema de las restricciones que plantea para las movilizaciones ciudadanas.

A principios de mayo, el Frente por la Protesta Social y la Libertad de Expresión, señaló las “irregularidades” encontradas en la normatividad, principalmente en las relacionadas con la protesta social.

De acuerdo con el Frente, la ley contiene artículos que interfieren en el ejercicio de la libertad de expresión, además de términos imprecisos que regulan el derecho a la protesta social.

Cuestionan, principalmente, los artículos 212 –el señalado por la CNDH como inconstitucional–, 213 y 214.

En su artículo 212 establece “la necesidad de dar aviso en las manifestaciones públicas, condicionándolas a que tengan una ‘finalidad perfectamente lícita’ y prohibiendo la ‘perturbación de la paz y tranquilidad de la población’”.

Esto, dijeron, deja abiertos y vagos dichos conceptos para su interpretación discrecional por las autoridades en las manifestaciones, alejándose de los mínimos indispensables que toda restricción a la libertad de expresión debe tener.

Señalaron que en ese mismo artículo se condiciona el cumplimiento de las obligaciones de tutelar el derecho a la manifestación pacífica únicamente para aquellos que den aviso a las autoridades con una anticipación de 48 horas, resultando discriminatoria.

“Además, es contrario a lo establecido por el Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), quien ha señalado que la exigencia de un aviso o permiso como condición para que las autoridades garanticen y faciliten el ejercicio de este derecho contraviene los derechos humanos”.

El Frente expresó que esta Ley de Movilidad en la capital del país establece además que la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) puede tomar las medidas necesarias para evitar el bloqueo de vías primarias de circulación continua.

“El término ambiguo y vago de ‘medidas necesarias’ abre un pernicioso ámbito de discrecionalidad en la intervención policial, además de que crea una restricción a este derecho refiriéndola fuera de la ley al dirigir a un reglamento”, denunciaron.

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