Slim ha parasitado a Pemex chupándole recursos por casi 5 MIL MDP (2009); crea tres empresas para ir por más

El corrupto y criminal Grupo Carso, propiedad del ladrón más rico de este mundo.

Víctor Fuentes
Reforma

Cd. de México (14 octubre 2014).- Grupo Carso, del empresario Carlos Slim, creó tres nuevas empresas para tareas de perforación, que arrancarán con activos de 2 mil 500 millones de dólares.

Se trata de Carso Perforación; Carso Infraestructura, Construcción y Perforación (CICP); y Condumex Perforaciones, las tres como escisiones de firmas que ya existían y formaban parte del Grupo Carso.

Carso espera que las escisiones surtan plenos efectos el próximo 30 de noviembre, aunque la fecha podría postergarse si no se cumplen ciertas condiciones.

Los «spin offs» fueron acordados el 2 de octubre pasado, en asambleas extraordinarias de accionistas de Operadora Cicsa, Carso Infraestructura y Construcción y Grupo Condumex, que serán las encargadas de aportar activos y pasivos a las nuevas empresas.

Una vez concretada la escisión, Carso Perforación tendrá activos por 3 mil 853 millones de pesos, mientras CICP contará con 11 mil 823 millones, y Condumex Perforaciones tendrá 17 mil 933 millones, para un total 33 mil 609 millones de pesos o unos 2 mil 500 millones de dólares.

Cicsa trabaja desde hace años para Pemex Exploración y Producción, y entre 2009 y 2013 obtuvo al menos ocho contratos por 4 mil 429 millones de pesos, amén que Seguros Inbursa, también propiedad de Slim, es la encargada de las principales pólizas de Petróleos Mexicanos.

Sin embargo, la reforma energética permitirá a las empresas de Slim trabajar con Pemex en un plano de igualdad, como asociadas, y también podrán competir con la paraestatal.

De acuerdo con los avisos de escisión, las operaciones quedaron sujetas a varias condiciones, entre ellas, la opinión que emitirá el Servicio de Administración Tributaria respecto de una consulta formulada por Grupo Carso.

Con dicha consulta, Carso busca confirmar que las escisiones no deben ser consideradas como enajenaciones para fines fiscales, para lo cual se tiene que cumplir lo previsto en el artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación.

Dicho artículo señala que los accionistas propietarios de por lo menos el 51 por ciento de las acciones con derecho a voto de la sociedad escindente y de las escindidas, sean los mismos durante un periodo de tres años contados a partir del año inmediato anterior a la fecha en la que se realice la escisión.

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