Fernando Camacho y Susana González
La Jornada
La ley federal de telecomunicaciones y radiodifusión incluye varios aspectos preocupantes, entre ellos la posibilidad de que el gobierno espíe las conversaciones de los cibernautas, suspenda la señal de telefonía e Internet durante manifestaciones públicas, y ejerza la geolocalización de teléfonos celulares en tiempo real, afirmaron organizaciones de la sociedad civil, al tiempo que la consejería jurídica de la Presidencia de la República señaló que dicha norma no establece ninguna disposición nueva en materia de seguridad.
Simón Hernández León, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, subrayó que dichas acciones pueden ser llevadas a cabo por el «gobierno» sin justificación de por medio ni salvaguarda alguna para garantizar que no se utilizarán de forma desproporcionada, arbitraria o discrecional, y además sin que haya medidas de transparencia sobre la actuación de las autoridades ni derecho de notificación de la persona que está siendo vigilada.
“La ley faculta a las instituciones de procuración de justicia y de seguridad a ordenar estas medidas sin establecer controles judiciales que los limiten. Creemos que esta ampliación de atribuciones sin contrapesos busca afianzar un modelo más autoritario mediante poderes desmedidos”, puntualizó.
Permiso para espiar y reprimir
Raúl Ramírez Baena, director de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, advirtió que la nueva legislación permitirá a Peña Nieto definir de manera discrecional quiénes pueden ser considerados “enemigos” y le dará todos los recursos legales y tecnológicos para espiarlos y reprimirlos.
“Es un grave retroceso con preocupantes signos de autoritarismo, que forma parte de una iniciativa que se impuso sin escuchar las voces críticas, lo cual puede hacer más complicada una atmósfera social muy difícil y cerrar puertas al diálogo”, consideró.
En contraposición, Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de la Presidencia, aseveró que la ley no impone “ninguna nueva obligación a los concesionarios en materia de seguridad” respecto de la legislación anterior, aunque los artículos 189 y 190 indican que están obligados a colaborar con las autoridades en cuestiones de seguridad, como cualquier persona física o moral.
Sólo un juez federal, explicó, puede autorizar la intervención de las telecomunicaciones, pero en términos de las leyes en materia de seguridad, que van desde la misma Constitución hasta el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
El funcionario mencionó que las autoridades siempre han pedido a los concesionarios del sector lo que se conoce como “sábana telefónica” para investigaciones concretas sobre secuestros, homicidios y extorsiones.
Precisó que deben conservar los archivos durante 12 meses en tiempo real y otros 12 mantenerlos archivados, debido a que muchos delitos no se denuncian de inmediato.