DESCOMPOSICIÓN SOCIAL: La mitad de los profesionistas en México enfrenta el ‘mobbing’ (acoso laboral)

  • La Organización Mundial de la Salud le ha dado grado de pandemia
  • Tesis en la UNAM analiza sus repercusiones organizacionales en empresas e instituciones públicas
  • Despedir al acosador o cambiarlo de puesto no resuelve el problema, lo propaga, según experta

Emir Olivares Alonso
La Jornada

La oficina se convierte en un espacio incómodo y la jornada laboral se hace eterna. Lejos de aplaudir los logros de quien destaca, los colegas de trabajo lo excluyen. En ocasiones el jefe genera tal tensión en el empleado, que éste no puede alcanzar su mejor desempeño. En todos los casos hay violencia sicológica y el trabajador tiende a perder autoestima, confianza en sí mismo y capacidad de producción, incluso puede llegar al suicidio.

Éstas son escenas frecuentes entre personas que sufren mobbing o acoso laboral, problema que en México padece la mitad de los profesionistas y según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cerca de 12 millones de personas lo enfrentan en el mundo. En Europa es considerado riesgo laboral y una epidemia.

La Organización Mundial de la Salud le ha dado grado de pandemia al ser causante de varios suicidios. Esta instancia internacional lo define como una situación de violencia o acoso recurrente dirigida hacia un trabajador o trabajadora con la intención de aislarlo de un grupo laboral. Sus principales características son conductas crueles y hostiles que se convierten en una tortura sicológica para la víctima.

Griselda Zúñiga Ruiz, alumna del posgrado de Administración de Organizaciones en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que en México todos los trabajadores, en algún momento, han sido víctimas de acoso laboral. “Por nuestra cultura, nos parece normal que alguien sea molestado en la escuela, oficina y hasta en la familia”. Este tipo de agresión es diferente a la escolar, dijo, pues es más sicológico que físico.

“Este problema se presenta cuando un grupo tiene actitudes hostiles contra un compañero de trabajo a fin de aislarlo. La víctima normalmente es una persona brillante y, por lo mismo, vista como una amenaza por los atacantes”, detalló.

Diversos autores lo han descrito como una situación en la que una o varias personas ejercen violencia sicológica extrema, de forma sistemática, recurrente y durante un tiempo prolongado para entorpecer las labores y destruir las redes de comunicación y reputación de alguno de sus colegas y así obligarlo a renunciar. Para no confundirlo con un conflicto eventual, éste debe darse “mínimo una vez a la semana y por lo menos durante seis meses”.

Difamaciones, rumores, calumnias, exclusión, insultos, apodos, impedir a la víctima participar en alguna actividad, ignorarla y hasta amenazarla son algunas de las formas de mobbing.

Información difundida por la UNAM refiere que existen tres tipos de acoso laboral: ascendente, cuando es del subordinado hacia el jefe (muy raro); horizontal, entre compañeros (más frecuente y fuerte), y descendente, del jefe al subordinado.

Quienes lo padecen sufren problemas sicológicos (angustia y depresión), físicos (pérdida de peso, dolores de cabeza o insomnio), laborales (bajo rendimiento o ausentismo) y sociales (conflictos familiares y pérdida de relaciones interpersonales).

Como parte de su tesis de maestría, Zúñiga realiza la investigación El mobbing y sus repercusiones organizacionales.

En México hay tratados sicológicos sobre el tema, pero no de cómo repercute en la víctima y su entorno. Además, generalmente no es atendido, porque no hay estudios que demuestren cómo afecta a las empresas e instituciones. Por ello, la investigadora busca, desde una perspectiva administrativa-organizacional, analizar el fenómeno dentro de una institución de gobierno. “Me enfocaré en el clima laboral y en cómo lo percibe el trabajador”.

En febrero de este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un amparo directo donde estableció los criterios para acreditar que un trabajador es víctima de este tipo de acoso.

El máximo tribunal asentó que quienes quieran demostrar que han sido víctimas de esa práctica deben comprobar, entre otras, que el objetivo que tuvieron en su contra era intimidar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente al demandante, con mira a excluirlo de la organización o a satisfacer la necesidad de agredir, controlar o destruir, por parte del hostigador.

Esto a fin de que “las conductas que configuran el acoso laboral pueden generar daños o afectaciones susceptibles de reclamarse mediante distintas vías, como podrían ser la penal, administrativa, civil o laboral, de acuerdo con la pretensión que demande el afectado”.

Cuando llegue a detectarse un caso, Zúñiga recomendó establecer estrategias de intervención para víctima y acosador, y diseñar protocolos de prevención. Consideró que resulta peor despedir al acosado o al acosador, como hacen las empresas privadas, o cambiarlos de puesto, como pasa en las instituciones públicas, porque el mobbing se puede convertir en una epidemia.

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