La «reforma» energética NO incluye reglas sobre protección ambiental para que trasnacionales saqueen y contaminen a placer

Ana Langner
El Economista

La Reforma Energética carece de una visión de desarrollo sustentable que equilibre la protección del medio ambiente con la generación de rentas producto de la apertura de este sector, exhibe el Centro de Investigación para el Desarrollo, AC (CIDAC).

Este think tank independiente argumenta que sólo una de las normas reglamentarias energéticas, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos aborda de forma particular el tema medioambiental, sin embargo, carece de detalles.

Este Centro, presidido por Luis Rubio, explica que en teoría, la nueva agencia contemplada en dicha ley buscaría la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del sector hidrocarburos al regular y supervisar la seguridad industrial, la seguridad operativa, el control de residuos y emisiones, así como otros derivados de la explotación de hidrocarburos.

Si bien los legisladores han decidido conferirle a la agencia las funciones que en países como Estados Unidos o Reino Unido atienden dos entidades independientes, su espíritu obedece a los modelos que una industria energética moderna demanda.

Uno de los vínculos de la apertura energética con el sector ambiental es la oportunidad existente para mejorar el marco regulatorio para una eventual transición hacia fuentes más limpias, sin embargo, el debate sobre la propuesta de la Ley de Transición Energética ha quedado pospuesto. “No resultó prioritario para los congresistas”, advierte el CIDAC.

A su vez, esta reforma obliga a revisar las afectaciones por la explotación de hidrocarburos y la infraestructura. Y es que a decir de esta institución dedicada al análisis, existen dos factores a analizar: las reglas para el uso y ocupación superficial de las tierras y la determinación económica de los daños generados por ello.

Pese a que la nueva agencia, que se encargaría de la seguridad industrial y la protección al medio ambiente, vigilaría el pago compensatorio a comunidades, ejidatarios y terratenientes para la explotación de hidrocarburos, los procedimientos de operación no han sido finamente expuestos.

Esta institución independiente detalla que los detalles de los potenciales impactos ambientales de la reforma energética se encuentran considerados en el capítulo del “uso y ocupación superficial” de la Ley de Hidrocarburos.

Esta norma prevé una compensación a las comunidades afectadas en caso de existir un daño al medio ambiente ocasionado por los procesos productivos de la ocupación superficial; no obstante, indica que “establecer el pago justo por la afectación a un ecosistema y que, además considere todo el flujo de servicios ambientales que proporciona a distintas comunidades, es prácticamente imposible”.

Aunado a lo anterior, el CIDAC destaca que aunque en breve el trance legislativo de las leyes secundarias en materia energética esté concluido, ello no significará el abatimiento de la incertidumbre que continúa caracterizando a los puntos finos de la reforma.

En particular, esta organización indica que continúa la crítica en relación a las laxas facultades de los órganos reguladores para garantizar la competencia en los nuevos mercados; el maquillaje organizacional que no convertirá realmente a Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad en empresas productivas; así como el gran riesgo que representa convertir a las secretarías de Energía y Hacienda y Crédito Público en las personas de confianza que prestan todos los servicios de la industria.

En México, la regulación ambiental no es un elemento central del desarrollo económico nacional a largo plazo y de continuar ignorando el nexo estrecho entre la protección de los ecosistemas y el crecimiento financiero, los asuntos de medio ambiente continuarán como retórica hueca e incluso como un tema incómodo, concluye este centro de investigación.

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