Redacción Proceso
MÉXICO, D.F. (apro).- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) consideró “preocupante” que para armonizar el derecho humano a la movilidad, en la legislación secundaria se pretenda facultar al Congreso de la Unión a emitir una Ley General al respecto.
Luego de que el pasado martes el pleno del Congreso de la Unión aprobó un dictamen para reformar los artículos 11 y 73 constitucionales referentes al tema de movilidad –en medio de las recientes protestas por el caso Ayotzinapa–, el organismo presidido por Perla Gómez, alertó en un comunicado:
“Existen antecedentes recientes de regulación de la movilidad humana en distintas entidades federativas que han incorporado restricciones y condiciones que atentan contra la libertad de reunión, de expresión y de manifestación, y más concretamente contra el ejercicio legítimo de la protesta social”.
La CDHDF reconoció como “un avance” que se pueda integrar a la Constitución Política a la movilidad humana como un derecho de los mexicanos “que deberá ser respetada, garantizada, protegida y promovida por el Estado mexicano”.
No obstante, comentó que observará “de manera respetuosa” el proceso legislativo que seguirá la minuta, y estará atenta para cuando se pueda discutir una posible Ley General en el Congreso de la Unión.
El propósito, agregó, es dar a los legisladores “los elementos e insumos necesarios desde la perspectiva de derechos humanos que aseguren el derecho a la movilidad universal sin menoscabar o restringir otros derechos y expresiones públicas que son indispensables en una democracia participativa como la nuestra”.
Según lo aprobado el pasado martes por diputados del PRI, PAN, PVEM y Panal en San Lázaro, los cambios en el artículo 11 constitucional establecen que “el Estado garantizará el derecho de todas las personas a la movilidad universal atendiendo los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad y sustentabilidad”.
En tanto, al artículo 73 se le añadió que el Congreso puede legislar en “materia de movilidad universal en los términos de la Constitución… y que podrá expedir la Ley General de Movilidad que haga efectivo el pleno ejercicio del derecho a la movilidad”.