Luciano Campos Garza
Proceso
MONTERREY, N.L. (apro).- Un grupo de abogados presentó en el Congreso local una iniciativa de ley para sancionar con hasta 10 años de prisión a las personas que difundan imágenes de sus parejas actuales o pasadas con contenido sexual.
Los litigantes Mauricio Castillo Flores y Manuel Guerra Cavazos acudieron esta mañana a la Oficialía de Partes para presentar la iniciativa, que contempla una modificación al Artículo 195 del Código Penal de Nuevo León, relacionado con faltas a la moral pública.
Castillo Flores explicó que la propuesta –que será turnada a comisiones para su estudio– surgió después del escándalo mediático ocasionado por una videograbación que circula en redes sociales, en la que se observa al cantante grupero Eliseo Robles Jr. y a la conductora de televisión regiomontana Vivian Cepeda sosteniendo relaciones sexuales.
Al parecer la grabación se hizo con el teléfono del cantante y el consentimiento de su pareja. Posteriormente se difundió de manera anónima.
El abogado precisó que actualmente no hay una definición sobre este tipo de conductas en la legislación nuevoleonesa, pues únicamente se contemplan penalidades de uno a cinco años de prisión a quienes fabriquen o difundan imágenes obscenas.
Tampoco hay especificaciones legales relacionadas con los videos sexuales en ningún otro estado de la República Mexicana, pues en algunas entidades únicamente hay sanciones por faltas a la moral, afirmó.
“Lo que queremos es dar hasta 10 años de cárcel a quienes difundan, transmitan o hagan alarde de contenidos sexuales para exhibir a sus parejas o exparejas. También pedimos sanción para personas que no teniendo relación con las personas afectadas, transmitan o difundan esas imágenes”, señaló.
A través de esta enmienda, bautizada como Ley Vivian-Eliseo, los abogados buscan sancionar a las parejas o exparejas que tomen fotografías o videos íntimos y amenacen con hacerlos públicos. En consecuencia, las personas agraviadas pueden exigir ante un juez que sea destruido el material o se prohíba su difusión. En caso contrario se aplicaría la sanción.
También pidieron castigar a quienes capten imágenes sexuales sin el consentimiento de sus parejas, como ocurre en los casos que hay cámaras escondidas, y a quienes encuentren en dispositivos extraviados o robados, como teléfonos celulares o cámaras, contenidos eróticos y los difundan sin consentimiento del dueño.
Castillo Flores aclaró que la pena mayor de 10 años se haría efectiva cuando la difusión de las imágenes genere un daño grave, a consideración del juzgador. Y ejemplificó con algunos casos dados a conocer alrededor del mundo, donde la exhibición de videos privados derivó en suicidio u homicidio de los afectados.
Explicó que en países como Estados Unidos, Japón, Alemania y Gran Bretaña ya hay sanciones para este delito, conocido como porno venganza.
Según el abogado, comentó la iniciativa con diputados priistas y la vieron con agrado.