Mayolo López, Claudia Guerrero y Silvia Garduño
Reforma
Cd. de México (07 octubre 2014).- Legisladores de Oposición exigen que se le retire la ciudadanía al ombudsman Raúl Plascencia por haber aceptado, sin la autorización debida, una condecoración del Gobierno de Taiwán.
Ello le impediría al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reelegirse dentro de la institución.
REFORMA publicó ayer que Plascencia recibió en mayo de 2014 la Medalla de Primer Grado del Control Yuan, una de las cinco ramas del Gobierno taiwanés, sin autorización de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Esto, a pesar de que el Artículo 37 de la Constitución mexicana prohíbe aceptar o usar condecoraciones extranjeras sin permiso del Ejecutivo federal.
La bancada del Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados presentará hoy al Pleno un punto de acuerdo para «exhortar al Presidente [sic] Enrique Peña a aplicar la ley en este caso» [mejor péguense un tiro, bola de farsantes simuladores].
«Los hechos en los que participó Plascencia son motivo suficiente para la aplicación de lo estipulado en este precepto (el Artículo 37 constitucional)», argumentan.
El «diputado» perredista Fernando Belaunzarán calificó como un hecho grave que el defensor de los derechos humanos viole la ley y consideró que lo hace para promover su reelección.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, Gabriela Cuevas, exigió que la CNDH dé una explicación y se investigue el caso.
Ignoran proceso contra Plascencia
El reconocimiento del Gobierno de Taiwán a Plascencia sin permiso del Ejecutivo federal es el primer caso que tiene registrado la Cancillería.
La SRE reconoció en una tarjeta informativa que nunca había tenido conocimiento de que un connacional recibiera una medalla sin avisar al Gobierno federal.
La dependencia señaló que únicamente le corresponde dar los permisos para que los mexicanos puedan recibir y usar condecoraciones.
Es decir, no determina si una persona pierde la ciudadanía.
REFORMA consultó a la Secretaría de Gobernación sobre lo que procedía en este caso; sin embargo, no emitió un posicionamiento al respecto.
El apartado C del Artículo 37 de la Constitución establece que es necesario contar con la autorización del Ejecutivo federal y según la Dirección General de Protocolo de la SRE, el funcionario no realizó ninguna solicitud.
No obstante, no existe una ley que reglamente cómo o qué dependencia debe notificar esta pérdida a la persona afectada, de acuerdo con abogados consultados.
Para el constitucionalista Imer Flores, el ombudsman podría ampararse y pedir un juicio de protección de los derechos del ciudadano.
El especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM consideró que el apartado C del 37 se opone a interpretaciones de otros artículos, por ejemplo, al derecho a ser oído y vencido en juicio.
«Él podría alegar que no pierde sus derechos hasta que alguien se los quite propiamente».
Por otro lado, señaló que el Artículo 110 prevé la posibilidad de juicio político contra funcionarios de organismos constitucionales autónomos, figura bajo la cual podría ser sancionado, es decir, destituido o inhabilitado, según la lista federal de responsabilidades de los servidores públicos.
Flores expuso que aunque Plascencia pudiera defenderse para no perder la ciudadanía mexicana, muy probablemente no podrá ser reelegido en el cargo en noviembre.
Al menos, aseguró, en lo que se discute si ha perdido o no sus derechos.
«Creo que en manos de las ONGs en el tema de su reelección difícilmente va a pasar. Si alguien le aduce puestos o cargos porque perdió la ciudadanía, ya tendrá que ampararse o pedir que le restituyan sus derechos», dijo.