Martín Hernández Alcántara
La Jornada
El Colectivo Puebla de Luto solicitará a los integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos un informe sobre la inejecución por parte del gobierno del estado de Puebla de la recomendación que emitió sobre el caso Chalchihuapan, dentro del expediente CNDH/1/2014/4555/Q/VG; además, demandó conocer los acuerdos que han expedido los consejeros en torno al tema a fin de garantizar los derechos humanos de los pobladores afectados y el resarcimiento de los daños, que deberán ser publicados con la debida oportunidad en la Gaceta Oficial de la CNDH.
La petición la respaldan los integrantes del Colectivo Puebla de Luto, Irene Herrera Delgado, María Genoveva Ramírez Hernández, Jorge Cabrera Cantero, Rafael Ramírez Hernández, Violeta Lagunes Viveros, Armando Blanco Osorio, Hilario Gallegos y Alfredo Sánchez.
En rueda de prensa, informaron que el documento será enviado a los consejeros Alfredo Achar Tussier, Mariclaire Acosta Urquidi, Mariano Azuela Güitrón, Jorge Bustamante Fernández, Eugenia del Carmen Diez Hidalgo, Ninfa Delia Domínguez Leal, Rafael Estrada Michel, Marcos Fastlicht Sackler, Carmen Moreno Toscano y Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Anunciaron que el procedimiento seguido ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, hasta este momento ha estado plagado de una serie de irregularidades.
Entre éstas señalaron que en infinidad de medios de comunicación (televisión, radio, medios impresos y digitales) se dio a conocer que existía en el estado de Puebla temor fundado de que el presidente de Derechos Humanos actuara con parcialidad en este asunto, pues a nivel nacional y local es conocida la amistad íntima que mantiene con el mandatario Rafael Moreno Valle, amistad que se ha fortalecido gracias a una serie de reconocimientos otorgados por el primer gobernador a favor del ombudsman.
Con ello, argumentaron, se viola el artículo 73, fracciones II, V y VIII y 74 del Reglamento Interno de la CNDH, que se refiere a estas causales de impedimento para conocer de un asunto.
Refirieron que tampoco hizo referencia de este hecho al momento de emitir la recomendación de que se trata, menos aún lo consideró en forma alguna como autoridad responsable, lo que debió hacer de acuerdo con el artículo 60 de la Ley de la materia.
Por otro lado, expusieron que el titular del organismo federal, Raúl Plascencia Villanueva, no valoró debidamente las pruebas aportadas, pues jamás ordena la presentación (física o por escrito) del gobernador Rafael Moreno Valle, ni una investigación de alguno de los hechos atribuidos a éste, a pesar de que se le señala que fue quien dio ordenó de la represión contra los manifestantes.
Aunado a lo anterior, argumentaron que fue el propio Moreno Valle quien presentó, entre otras leyes, la iniciativa de ley para Proteger los Derechos Humanos y Regular el Uso Legítimo de la Fuerza Pública, mejor conocida como #LeyBala; además, evidenciaron que se limita a realizar un listado de diligencias practicadas, oficios examinados, medios de comunicación (solo los nacionales, según se desprende de la propia recomendación), entrevistas, periciales y otros elementos de convicción para él, pero sin realizar un verdadero análisis de cada uno de éstos que pudiera conducir a la verdad de los hechos.
“No se expresan las razones por las que otorgaba valor probatorio o no a cada una de las probanzas ni el fundamento legal de éste, por lo que la recomendación referida no se encuentra debidamente fundada ni motivada”, arguyeron.
En otro punto, señalaron que Plascencia se aprovecha de una laguna de la ley, para no someter el proyecto de recomendación a la consideración del Consejo Consultivo a fin de que sus integrantes realizaran las observaciones que permitieran subsanar todas las irregularidades detectadas al texto de la recomendación.
De igual manera, dijeron que el presidente de la CNDH hizo un estudio de algunas violaciones graves a los derechos humanos que advirtió en los hechos controvertidos; sin embargo, el estudio omitió varias violaciones a las garantías de los manifestantes de Chalchihuapan, como el derecho al territorio tradicional e identidad cultural, el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho nacional a la Convención Americana de los Derechos Humanos.
Y tampoco se consideraron –agregaron– las violaciones a los derechos de los defensores de los manifestantes afectados, sufriendo intimidación, amenazas, espionaje y hasta robo de algunas de sus propiedades de bienes muebles y que han sido denunciadas públicamente; entre ellos Elia Tamayo, la madre del menor que falleció por estos hechos, quien constantemente ha hecho referencia a la intimidación e intento de soborno de que fue objeto para firmar una declaración que exonerada a las autoridades responsables de la muerte de su hijo.
Además –concluyeron–, el gobierno del estado ordenó la difusión de videos y noticias en donde indebidamente se señalaba como responsable de los hechos imputados al menor de edad fallecido por encontrarse en el lugar de los hechos, a su madre Elia Tamayo por llevarlo ahí, a los manifestantes, inventando la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, entre otras cosas, que la muerte fue ocasionada por un cohetón, que según ellos fue aventado por los manifestantes.