Y en otros casos como Salinas, Zedillo, Peña Nieto, Montiel, Marín, Ulises Ruíz, Fox, Calderón, Sahagún, Bribiesca Sahagún, «Mamá Rosa», Romero Deschamps y un larguísimo etcétera, nunca pisan la cárcel, no reciben sentencia y hasta son mantenidos de por vida por los mexicanos. Esa es la «justicia» estilo PRI.
Redacción / Sinembargo
Ciudad de México, 26 de julio (SinEmbargo).– El 43.09 por ciento de las personas que permanecen en los centros penitenciarios del país están privadas de su libertad bajo la figura de la prisión preventiva, denunció Asilegal. Para mostrar los riesgos de esta práctica, el organismo civil lanzó un Alerta Nacional mediante una herramienta digital que plasma por entidad federativa el porcentaje de personas en esta medida cautelar.
En estados como Oaxaca, Guerrero y Chiapas las personas permanecen en prisión preventiva por más de 10 años. Foto: Asilegal.
Las autoridades judiciales recurren a este método cuando consideran que una persona detenida cometió un delito que merece la pena privativa de libertad. Aunque la autoridad no cuente con los elementos suficientes para sentenciarla, solicita que la persona sea apresada en tanto se realiza la investigación.
Asilegal informó, mediante un comunicado de prensa, que en 14 estados de la República Mexicana más del 50 por ciento de los reos están en prisión preventiva. Identificó que las autoridades de Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Nayarit, Jalisco, Colima, Aguascalientes, Michoacán, Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Tlaxcala, Tabasco y Quintana Roo retienen a más de la mitad de las personas en la cárcel sin tener una sentencia.
El organismo civil documentó que en estados como Oaxaca, Guerrero y Chiapas las personas permanecen en prisión preventiva por más de 10 años.
“El uso de la prisión preventiva es una medida que atenta contra el Principio de Presunción de Inocencia. La Constitución en el artículo 20 también establece que el plazo para permanecer en prisión preventiva no debe ser mayor a dos años”, explicó.
Además, denunció que tanto las personas sentenciadas como las que no lo están comparten los mismos espacios en los centros penitenciarios exponiéndose por igual a “motines, extorsiones, violencia, consumo de drogas, violaciones, homicidios y al autogobierno imperante en las prisiones”.
“El artículo 18 de la Constitución Mexicana establece la separación de espacios entre personas en prisión preventiva y personas sentenciadas, a pesar de ello en el país no existen sitios distintos para cada población”, detalló.
Asilegal precisó que todas las personas privadas de la libertad conservan sus derechos humanos y están bajo la custodia del Estado.
Detalló que la situación es aún peor cuando las personas privadas de la libertad son inocentes o no se les ha demostrado su responsabilidad. Dijo que el abuso de la prisión preventiva es sin duda, “uno de los factores que propician la sobrepoblación de los centros penitenciarios mexicanos”.
“La Constitución Mexicana en el artículo 18 establece que el Sistema Penitenciario Nacional debe operar sobre las bases del respeto a los derechos humanos, el trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte. Nada de esto se cumple en el Sistema Penitenciario Mexicano”.
Refirió que esta preocupación fue documentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas. En éste se da cuenta de que México es el tercer país de la región, luego de Estados Unidos y Brasil, con mayor número de personas sin sentencia en las cárceles.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que la prisión preventiva constituye la medida más severa que se le puede imponer a una persona, por ello debe aplicarse excepcionalmente. La regla debe ser la libertad de la persona procesada mientras se resuelve acerca de su responsabilidad penal.
Asilegal dijo que el uso excesivo de la prisión preventiva refleja las deficiencias estructurales en el sistema de administración de justicia y el endurecimiento irracional de la política criminal en México. “Realidades que afectan la vida de más de cien mil personas en prisión preventiva, incluyendo a sus familias y comunidades”.
Un artículo de The Economist sobre el sistema penitenciario en América Latina señaló que, de acuerdo con un estudio de los condenados en México, donde se está implementando el sistema oral desde el 2008, se encontró que el 43 por ciento de ellos piensa que el juicio y las sentencias fueron injustos.
En la Ciudad de México, donde se sigue utilizando el viejo sistema sin presencia obligatoria del juez durante la declaración del imputado, la cifra fue de 67 por ciento según ese estudio.
CONDICIONES IRREGULARES
El 73 por ciento de los varones y 84 por ciento de las mujeres recluidas en las Islas Marías dijo haber sido trasladado sin avisarles. Foto: Cuartoscuro.
Los traslados de presos a penales federales no están exentos de irregularidades, como documentaron el Centro de Investigación en Docencia Económica (CIDE) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en sendos informes, así como en la recomendación 35/2013 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso del Cefereso 11 CPS Sonora.
Dichos documentos dan cuenta de casos en los cuales se realizaron traslados de forma injustificada, sin el consentimiento de los internos o en dónde éstos fueron llevados a otros centros penitenciarios con engaños. Además, ambas instancias consideraron que en el caso de los internos que no estaban sentenciados, la reubicación a otro penal afectaba su derecho al debido proceso, pues los distanciaba de sus abogados y de las instancias jurídicas donde se estuvieran desahogando sus procesos.
En 2012, el CIDE publicó la Primera Encuesta realizada a Población Interna en Centros Federales de Readaptación Social, en la que entrevistó a 821 internos e internas de ocho cárceles federales: las cinco que componen el Complejo Penitenciario Islas Marías (CPIM), y los Ceferesos 1, en el Estado de México; 2 en Jalisco; y 8 en Sinaloa.
En 2013, la CNDH elaboró el Informe Especial sobre el estado que guardan los derechos humanos de las mujeres internas en centros de reclusión de la República Mexicana, para el cual revisó las cárceles donde hubiera mujeres internas y realizó visitas a 10 prisiones exclusivas para mujeres.
La CNDH concluyó que la mayoría de los centros penitenciarios visitados no contaban con una normatividad interna respecto al traslado de internos. Asimismo, señaló que “las internas que se encuentran a disposición de la autoridad federal, no son notificadas previamente de la ejecución de dichos traslados a otro establecimiento penitenciario”.
En su informe, el organismo autónomo también se refirió al caso de las internas trasladadas a Islas Marías. Señala la CNDH que varias de ellas dijeron haber solicitado el traslado al CPIM para buscar la reunificación con la pareja, quien había sido trasladada previamente, o bien porque las autoridades penitenciarias les habían presentado un video que promocionaba el traslado al Complejo.
El 29 de octubre y 26 de noviembre de 2012, CNDH recibió 45 quejas de personas que habían sido trasladados irregularmente al Cefereso 11 o de familiares de internos trasladados a dicha prisión. Entre el cúmulo de casos que la CNDH recibió en ese periodo, y que motivó que presentara la recomendación 35/2013, figura el de una persona que llevaba tres semanas sin poder comunicarse con su familiar preso, desde que éste había sido llevado al Cefereso 11, o el de un interno que fue trasladado del Cefereso 5, en Veracruz, a pesar de estar sujeto a proceso en un juzgado de Tamaulipas. También aparece el de una persona que durante 45 días estuvo completamente aislado e incomunicado, sin poder ver la luz solar, ni tener actividades físicas, ni ver a su abogado ni a su familia, según expuso un familiar suyo a la CNDH.
En el caso específico del CPIM, el tema de los traslados incluso fue abordado en el 149 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), realizado entre octubre y noviembre del año pasado, a petición de diversas organizaciones que denunciaron las deficientes condiciones carcelarias que, al menos hasta ese entonces, prevalecían en Islas Marías.
El Tercer Visitador General de la CNDH, Andrés Aguirre Aguilar, dijo entre 2011 y 2013 el organismo autónomo recibió 206 quejas por traslados de internos en el sistema penitenciario. La mayoría de ellas (141) se hicieron en 2013.