Redacción / Sinembargo
Ciudad de México, 7 de julio (SinEmbargo).– El próximo miércoles 9 de julio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá el amparo identificado en redes sociales como #YoContribuyente, que promovió un grupo de 19 ciudadanos a quienes se han sumado 40 mil más mediante la red Change.org, en contra de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013, que perdonó adeudos fiscales a estados y municipios provenientes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenido a sus trabajadores y que, además, no entregaron a la Federación.
Extraoficialmente se habla de 600 mil millones de pesos que se han hecho “humo” y que son considerados “un robo”. Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se ha negado a abrir la información por “ser secreto de Estado” y a pesar de que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se lo requirió.
El objetivo del amparo es que la SCJN declare inconstitucionalidad la condonación de este adeudo fiscal otorgado por el Congreso a los gobiernos locales, debido a que no hay explicación que justifique el perdón en el pago de ISR de esas entidades y ayuntamientos, incluso el de años atrás, que debieron pagar a la Federación; nadie los fiscalizó para saber en qué se lo gastaron y no se ha revelado el monto del adeudo condonado ni a quienes se les perdonó.
El grupo #YoContribuyente planteó que el perdón de la Federación a esa deuda es ilegal debido a que la Constitución establece que el gasto público debe ejercerse con “eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez”. Además, la condonación de ISR a los gobiernos locales viola estos principios, pues no se conoce ni el monto, ni a quienes se les dio este “regalo”, no se sabe el destino de esos recursos, ni se da a conocer el impacto negativo para las finanzas públicas.
Por primera vez, destacan, “la Suprema Corte de Justicia de la Nación se encuentra ante la disyuntiva de decidir si los contribuyentes (es decir los ciudadanos que pagamos impuestos) podemos cuestionar la forma en que el gobierno ejerce y administra el gasto público”.
Si se acepta dicha posibilidad, dicen, “se abre la puerta para que el mismo cuestionamiento se haga en casos de despilfarro, falta de transparencia y corrupción en el gasto público”.
¿POR QUÉ AFECTA A LOS CIUDADANOS?
De acuerdo con este grupo de ciudadanos, el “regalo” de la Federación a estados y municipios afecta a la ciudadanía en general, pues mientras a ellos se les perdonan adeudos de impuestos, hay miles de personas físicas a las que el gobierno federal los ha ubicado en “listas negras” como contribuyentes incumplidos o se procede penalmente en su contra.
También impacta negativamente en la merma en los ingresos federales, pero la Federación la compensa aumentando los impuestos a los contribuyentes como ya sucedió con la Reforma Fiscal de 2014, que entró en vigor el 1 de enero pasado.
Para el colectivo, si la SCJN vota a favor del amparo “sentará un precedente para que los ciudadanos que pagamos impuestos, podamos cuestionar la forma en que el gobierno ejerce y administra el gasto público en México y cualquier caso de despilfarro, falta de transparencia y corrupción en el gasto público”.
De no hacerlo, “el riesgo será que los gobiernos federal, estatales y municipales sigan con la práctica de ejercer el gasto público de manera dispendiosa, opaca y corrupta, que como manifestación de la impunidad siempre perjudica a todos los ciudadanos”.
El amparo, destacan, es el último recurso procesal de un ciudadano para hacer valer sus derechos y con este, por interés legítimo, el quejoso puede hacer valer transgresiones a derechos sociales que afecten el interés colectivo como los relativos al medio ambiente, la educación, la salud, las finanzas públicas.
¿QUÉ SE BUSCA?
Con esta acción, los ciudadanos buscan que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Ingresos del 2013 para que el gasto público (o el dinero público del país), cumpla con las siguientes condiciones:
1. Que en materia de gasto público se respeten los principios de ‘eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados’, como lo exige el artículo 134 de la Constitución Federal.
2. Que el gasto público se destine al cumplimento de fines y objetivos constitucionales, como educación, seguridad pública, salud, seguridad social y protección del medio ambiente, por ejemplo, así como al funcionamiento del aparato gubernamental. Que su programación y ejecución se sujete a los
3. Que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013. Esto produciría los siguientes efectos:
a) Que el Congreso de la Unión y la Secretaría de Hacienda expliquen, en términos de ‘política pública’, por qué perdonaron los adeudos fiscales de estados y municipios, considerando sobre todo que las irregularidades provenían del impago del ISR retenido a los trabajadores burócratas y que, en la generalidad de los casos, su antigüedad era de 10 años.
b) Que la Secretaría de Hacienda, quitando el velo impuesto por el “secreto de Estado”: identifique a los estados y municipios que se han beneficiado con el perdón fiscal, señale a cuánto asciende el importe de esta prerrogativa y establezca quiénes continúan sin pagar el ISR que retienen a sus trabajadores.
c) Que la SCJN confirme, una vez más, que en la programación y ejecución del gasto público, los principios constitucionales de eficiencia, eficacia, transparencia, economía y honradez son de aplicación obligatoria por la totalidad de los órganos del Estado.