¿»Que nos pregunten a todos»? Pues ahí tienen lo obvio.
Jesús Aranda
La Jornada
México, DF. La consulta popular planteada por Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) es improcedente e inconstitucional, estableció el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Al pronunciarse a favor del proyecto elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero, la decisión está tomada y sólo falta que hablen todos los ministros para oficializar la decisión.
Los ministros Jorge Pardo Rebolledo, Fernando Franco, Arturo Saldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Gelasio Pérez Dayán y Margarita Luna Ramos, avalaron la propuesta de desechar por improcedente la consulta popular propuesta por Morena en materia energética.
Los ministros avalaron el proyecto elaborado por Olga Sánchez Cordero, el cual plantea que la Constitución es clara en vetar expresamente las consultas populares, cuando éstas tienen que ver con los ingresos y gastos del Estado mexicano.
Al pronunciarse ya seis de diez ministros presentes a favor del proyecto del dictamen, sólo falta que cuatro más hablen durante esta sesión, para que se oficialice la decisión.
Pardo agregó que la Suprema Corte “no otorga ni prohíbe el ejercicio de este derecho”, pero el texto constitucional ha puesto prohibiciones al ejercicio de éste que debemos observar.
Subrayó que fue el propio Congreso de la Unión, el cual previó como restricción para el ejercicio de las consultas populares los ingresos y gastos gubernamentales y que en ese contexto, el asunto planteado por Morena cae precisamente en estas restricciones.
“Nuestra misión como integrantes del pleno es darle contenido y actualidad a exposiciones constitucionales, dijo”.
Franco, por su parte, manifestó su desacuerdo con el comentario hecho por la ministra Margarita Luna Ramos, en el sentido de que las consultas no proceden en contra de reformas constitucionales, al afirmar que en todo caso si los legisladores y el Ejecutivo federal -quienes también tienen derecho a solicitar consultas populares- no pudieran cuestionar alguna reforma constitucional, entonces la negativa sería pareja para todos.
Alberto Gelasio Pérez Dayán y Margarita Luna Ramos coincidieron no sólo en que por tratarse de un tema vedado por la Constitución por tratar los ingresos y egresos del Estado, la propuesta de Morena es inviable, sino porque además la pregunta formulada por la organización política “genera múltiples variantes” que no permiten un ejercicio cierto y eficaz de lo que la ciudadanía piensa.
Ambos criticaron la redacción del cuestionamiento y el que incluyera, por ejemplo, el tema de las concreciones en materia de hidrocarburos, cuando la reforma constitucional no hace, siquiera, referencia a los mismos.
Por otra parte, el ministro José Ramón Cossío se pronunció por la procedencia de la consulta popular planteada por el Morena, al considerar que debe prevalecer el derecho de los ciudadanos.
Cossío señaló que cuando el Congreso de la Unión estableció la improcedencia de la consulta referente a ingresos y egresos, éste seguramente se refería a que los ciudadanos no podrían pronunciarse sobre impuestos que le afectaran directamente, lo cual no es el caso.
Cossío fue el segundo orador en la sesión que se desarrolla en la Corte.
Al iniciar la discusión de sobre la propuesta de consulta popular planteada por el Movimiento de Regeneración Nacional, en contra de la reforma energética, la ministra instructora, Olga Sánchez Cordero propuso la improcedencia e inconstitucionalidad de la misma.
Sánchez Cordero argumentó que la petición contradice lo establecido en el artículo 35 constitucional, referente a que las consultas no proceden cuando tienen que ver con los ingresos y egresos del Estado.
Agregó la ministra que la consulta planteada señala aspectos que no están previstos en la reforma impugnada, como es el caso, cuando se refiere a que el Estado otorgará concesiones y permitirá la explotación de hidrocaburos.
La ministra aclaró que la reforma es precisa en señalar que constituye el esquema para la asignación de contratos particulares para que participen en la industria petrolera y eléctrica, además de precisar que su fin es la obtención de egresos al Estado para contribuir al desarrollo a largo plazo de la nación.