Le dan TODO a la iniciativa privada con la «ley» de hidrocarburos: yacimientos, minas, gas y hasta información de Pemex

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Con medio millar de cambios a la iniciativa, el Senado arrancó ayer la discusión de la reforma energética con la aprobación anoche de la ley de hidrocarburos, que refuerza la participación de la iniciativa privada en la cadena petrolera del país.

El dictamen avalado por PRI, PAN y PVEM obligará a que Pemex entregue al Centro Nacional de Información de Hidrocarburos toda la información relativa a yacimientos mexicanos, que podrá ser compartida con el sector privado. En caso de negarse a ello, la petrolera mexicana se hará acreedora a multas superiores a los 100 millones de pesos.

Ayer se discutió en lo general el dictamen de la ley de hidrocarburos, con adiciones y reformas a la Ley de Inversión Extranjera, la Ley Minera y la Ley de Asociaciones Público Privadas, considerado el eje de la legislación secundaria que normará la reforma constitucional.

En el dictamen se reitera que la apertura al sector privado no será mediante concesiones, sino a través de contratos de servicios, de utilidad o producción compartida o de licencias que se licitarán y entregarán por subastas y que deberán pasar por mecanismos de transparencia y la Ley Anticorrupción, además de que los procesos de licitación y asignación se difundirán por medios electrónicos.

Sin embargo, entre los cambios pactados por PRI, PAN y PVEM está que en el caso de los dueños de minas, sus concesiones les permitirán acceder a una adjudicación directa para explorar y extraer el gas natural asociado al mineral de carbón.

La izquierda alertó de la obligación que habrá para que Pemex y el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) ahora abran la información de los yacimientos propiedad de la nación a las transnacionales.

El artículo 9 transitorio determina que para integrar el Centro Nacional de Información de Hidrocarburos, Pemex, sus organismos subsidiarios y empresas filiales, así como el IMP, tienen dos años para transferir en forma gratuita a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) toda la información geológica, geofísica, petrofísica, petroquímica y, en general, la que se obtenga o se haya obtenido de las actividades de reconocimiento y Exploración Superficial, así como de Exploración y Extracción.

La información incluye los contratos de Pemex y el IMP de servicios, tecnologías de información y comunicaciones, de interpretación y cualquier otro relacionado con los sistemas, bases de datos e infraestructura que generan, manejan y procesan la información y que se usan en la administración de la misma.

Asimismo, de forma inmediata a la entrada en vigor de esta ley, la CNH tendrá acceso irrestricto, tanto de forma remota como dentro de las instalaciones, a la información y a los activos asociados de Pemex y el IMP.

De acuerdo al «senador» panista Salvador Vega Casillas, lo que se busca es que toda la información de Pemex y el IMP se transfiera para tener los datos de la sísmica del país, para que la CNH «pueda hacer las licitaciones con mayores ventajas y certeza de dónde deben hacerse estas licitaciones y donde existe la posibilidad de que existan hidrocarburos»

Respecto al tema de las tarifas los artículos transitorios prevén la liberalización de precios. En el artículo 19 se acota que hasta que no se implemente un programa de apoyos focalizados —a más tardar en diciembre de 2016— a los consumidores de gas licuado de petróleo, los precios máximos considerarán los precios internacionales y alta volatilidad, así como los mecanismos de ajuste «que permitan revisar al alza los incrementos de los precios».

En ese sentido, el senador panista Jorge Luis Lavalle informó que en la sesión de hoy presentará una adición para aclarar que los subsidios se tendrán que eliminar hasta en tanto hayan bajado las tarifas.

En relación a los precios de la gasolina y diésel, continuarán los gasolinazos mensuales este año, al establecer que «una vez que entre en vigor esta ley y en lo que reste de 2014, la determinación de los precios al público se realizará conforme a las disposiciones vigentes».

A partir del 1 de enero de 2015 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2017, la regulación sobre precios máximos al público de gasolinas y diésel será establecida por el «Ejecutivo» Federal mediante acuerdo, tomando en cuenta la inflación y la volatilidad en los mercados internacionales.

Mientras que a partir de enero de 2018 los precios se determinarán bajo condiciones de mercado. Hasta el 31 de diciembre de 2016 solo Pemex o sus subsidiarias podrán importar gasolinas, pero a partir del 1 de enero de 2017, «o antes si las condiciones de mercado lo permiten», podrán otorgarse a cualquier interesado que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables.

También el dictamen se modificó para que no solo de manera individual, sino que a través de consorcios, las empresas petroleras puedan explorar y explotar los yacimientos, al establecer el artículo 22 que en las licitaciones «podrán participar Pemex y otras empresas productivas y personas morales».

Segunda oportunidad a empresas incumplidas

La reforma energética generará un marco legal que permitirá que empresas que presenten información falsa o incompleta —como el caso Oceanografía— en el proceso licitatorio puedan volver a obtener contratos.

El artículo 26 de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) prevendrá, por una sola vez, a los interesados para que subsanen la omisión dentro del término que para tal efecto se establezca.

Asimismo, la CNH se abstendrá de considerar propuestas o celebrar contratos para la exploración y extracción, entre otras causas que se establezcan en las bases de licitación, con las personas morales que se encuentren inhabilitadas o impedidas por la autoridad competente para contratar con autoridades federales, en términos de las disposiciones aplicables, o que tengan incumplimientos graves pendientes de solventar respecto de contratos para la exploración y extracción adjudicados con anterioridad o utilicen a terceros para evadir lo dispuesto en esta determinación.

De esta forma, la CNH podrá revocar el fallo para adjudicar un contrato de exploración y extracción, si se comprueba que la información presentada por el participante ganador durante la licitación es falsa.

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